¿Cómo tributan de verdad las criptomonedas en España?

Conocer cómo tributa cada operación es la clave para evitar errores y problemas con Hacienda.

CRIPTO

8/6/20262 min read

Sobre las cripto y los impuestos circulan dos mentiras opuestas y las dos peligrosas: la de «como es cripto, no lo controla nadie, así que no pagas» y la de «cualquier cosa que hagas es un infierno imposible de declarar». Ni una ni otra. Las criptomonedas tributan en España con reglas bastante claras, distintas según lo que hagas con ellas y entenderlas por encima te ahorra tanto el susto del que no declaró como el bloqueo del que no se atreve a moverse.

Lo primero es separar las distintas formas en que tus cripto pueden generar consecuencias fiscales. Por un lado, están las ganancias y pérdidas patrimoniales: cuando vendes cripto por euros o cambias una criptomoneda por otra —sí, la permuta también tributa, aunque el dinero no pase por tu banco— debes calcular la diferencia entre su valor de adquisición y su valor de transmisión. El resultado se integra en la base del ahorro del IRPF, con tipos progresivos de entre el 19 % y el 30 %. Por otro lado, están los rendimientos obtenidos mediante staking, lending o determinadas recompensas, que, con carácter general, tributan como rendimientos del capital mobiliario, también dentro de la base del ahorro y por su valor en euros cuando se reciben. En un plano diferente se encuentran las actividades económicas relacionadas con las criptomonedas, como la minería: su rendimiento neto se integra en la base general del IRPF y puede quedar sometido a tipos marginales cercanos o incluso superiores al 47 %, dependiendo de la renta total y de tu comunidad autónoma.

Además, existen obligaciones meramente informativas, que no implican pagar ningún impuesto, pero que también deben cumplirse. Por ejemplo, si mantienes más de 50.000 euros en criptomonedas custodiadas por plataformas situadas en el extranjero, puede corresponderte presentar el modelo 721. Son, por tanto, cuatro planos distintos —ganancias patrimoniales, rendimientos del capital, actividad económica e información— que mucha gente mezcla y que conviene analizar por separado.

La consecuencia práctica es que gran parte de lo que haces con tus cripto puede tener un efecto fiscal o informativo. Quien opera durante años sin declarar no está ahorrando impuestos: está acumulando un problema que crece con el tiempo, especialmente ahora que los proveedores obligados comunican anualmente a la Agencia Tributaria los saldos y las operaciones realizadas con monedas virtuales. Pero tampoco hace falta agobiarse. Con las reglas claras y un registro ordenado de compras, ventas, permutas, comisiones y recompensas, la fiscalidad cripto es perfectamente manejable.

Las criptomonedas ya no son esa «tierra de nadie» que permitía operar al margen de toda fiscalización, pero tampoco son una maldición que lo complica todo. Como ocurre con cualquier otra regla fiscal, o la conoces y te anticipas, o terminas sufriéndola.

¿Sabes en cuál de los tres planos cae cada cosa que haces con tus cripto? Si operas con criptomonedas y quieres tenerlo claro y ordenado, en una consultoría de 45 minutos revisamos tu caso y te lo dejo por escrito.