Me cobro a mí mismo a través de mi empresa: operaciones vinculadas
Cobrar de tu propia sociedad, alquilarle un inmueble o prestarle dinero es perfectamente legal, pero determinadas operaciones deben realizarse a precios que puedas justificar como de mercado.
ESTRUCTURAS Y SOCIEDADES


Tienes tu sociedad, trabajas para ella y te paga. O le alquilas un local que es tuyo. O le prestas dinero para arrancar. Todo parece bastante natural —al fin y al cabo, es tu empresa— y precisamente por eso mucha gente fija esos importes como le conviene cada año. Ahí aparece el problema: fiscalmente, tú y tu sociedad sois personas distintas y determinadas operaciones entre ambos no pueden valorarse simplemente «a ojo».
Son las llamadas operaciones vinculadas, y la regla básica es bastante sencilla: deben valorarse como lo harían dos partes independientes en condiciones de mercado. Si prestas servicios a tu sociedad, le alquilas un inmueble o le haces un préstamo, el precio, el alquiler o los intereses tienen que poder defenderse frente a Hacienda. No vale cobrar artificialmente poco para dejar el beneficio dentro de la empresa ni inflar un alquiler o unos intereses para sacar renta por otra vía. Si Hacienda entiende que el precio pactado no es de mercado, puede corregirlo y hacer tributar la operación por el valor que considere correcto. Y, dependiendo del importe y del tipo de operación, además puede existir obligación de documentar cómo has llegado a ese precio.
El punto especialmente delicado aparece cuando buena parte de lo que factura la sociedad depende directamente del trabajo de su socio. Ahí conviene poder explicar por qué la retribución de esos servicios es la que es y cómo se ha calculado. Eso sí, no todo lo que cobras de tu empresa funciona igual: la remuneración por las funciones propias del administrador queda fuera de las reglas de operaciones vinculadas y tiene sus propias normas mercantiles y fiscales. Por eso, antes de decidir cuánto te pagas, hay que saber primero por qué te estás pagando. La regla práctica es simple: si haces una operación con tu sociedad, fija las condiciones como si al otro lado hubiera un tercero y guarda la justificación. Ponerte «precio de amigo» cuando el amigo eres tú suele ser difícil de explicar cuando llega una comprobación.
¿Cobras de tu sociedad, le alquilas algo o le has prestado dinero y nunca has pensado en el valor de mercado? En una consultoría de 45 minutos revisamos las operaciones entre tú y tu empresa, cómo están valoradas y qué conviene documentar.
Saúl Hidalgo
Consultoría fiscal estratégica para estructuras corporativas e internacionales.
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